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Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia Artículo 1 Provincia de Buenos Aires


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia Buenos Aires
Artículo 1.

Declárase la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, con la finalidad de paliar el grave déficit en estas materias que en el transcurso de los últimos años se ha visto incrementado progresivamente y posibilitar la realización de las acciones tendientes al fortalecimiento y modernización tecnológica de los organismos públicos provinciales para cumplir así con el mandato constitucional de promover el bienestar general.

A los efectos de la aplicación de la presente Ley, la declaración de emergencia tendrá una duración de un (1) año, contado a partir de su entrada en vigencia, pudiendo ser éste prorrogado por única vez por el Poder Ejecutivo por igual plazo en caso de verificarse que las causales que justifican la emergencia no han cesado, previa comunicación a la Comisión Bicameral prevista en el artículo 8° de la presente Ley.



Provincia de Buenos Aires Artículo 1 Declaran la emergencia administrativa y tecnológica en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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