Declaración de monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Escuela Normal Doctor Juan Gregorio Pujol, de la ciudad capital de la provincia de Corrientes (Declaración de monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Escuela Normal Doctor Juan) Nacional
Declaración de monumento histórico nacional al edificio donde funciona la Escuela Normal Doctor Juan Gregorio Pujol, de la ciudad capital de la provincia de Corrientes Nacional
- Artículo 1. Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley...
- Artículo 2. La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos,...
- Artículo 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
Otras regulaciones
Transferencia a título gratuito a favor de la provincia de Misiones el dominio de un inmueble Régimen reparatorio para ex presos políticos de la república argentina Ley de Armas Institución del sistema integrado de jubilaciones y pensiones Fiesta del CaballoMejores juristas





Obvio ´perro
Si yo uso un clip de una persona que apareció en YouTube o en los medios de comunicación para citar lo que dice, ¿puede reclamarme por utilizar su imagen si bien su imagen ya la dispuso públicamente?
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la vía publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la vía publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limítrofes, obviamente con todos los demás requisitos como: registro de conducir, seguro, VTV, matafuegos.
Dirección: https://www.instagram.com/diaz_sahonero_asoc/
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.facebook.com/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc-458484991253517/
WhatsApp: 1149913881
facebook.com/people/estudio-jur%c3%addico-diaz-sahonero-y-asoc/10005425715039
La cedula verde autoriza al dueño a circular por la via publica y la cedula azul autoriza al tercero autorizado que no es dueño circular por la via publica, ambas cedulas le permiten circular dentro el territorio nacional y por paises limitrofes, obviamente con todos los demas requisitos como: registro de conducir,seguro,vtv, matafuegos.
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Buenas tardes. Respecto del art. 58 LS para determinar el plazo de prescripción: desde cuándo la obligación es exigible? Desde la fecha del siniestro, de la denuncia o cuál? Qué actos interrumpen la prescripción? La interposición de una declaratoria puede ser? Gracias!!!
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