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Créase el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional Artículo 21 Argentina


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Créase el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional
Artículo 21.

Las empresas y organismos tendrán un cupo máximo de pasantes, que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social fijará a través de la reglamentación correspondiente, cupo que será proporcional al tamaño de la empresa y a la cantidad de tutores que la misma asigne.



Argentina Artículo 21 Créase el Sistema de Pasantías Educativas en el marco del sistema educativo nacional LEY 26.427, 22 de Diciembre de 2008
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


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