Créanse cargos específicos para el desarrollo de obras de infraestructura energética para la expansión del sistema de generación, transporte y/o distribución de los servicios de gas y electricidad (Obras de infraestructura energetica) Nacional
Créanse cargos específicos para el desarrollo de obras de infraestructura energética para la expansión del sistema de generación, transporte y/o distribución de los servicios de gas y electricidad Nacional
- Artículo 1. El desarrollo de obras de infraestructura energética que atiendan a la...
- Artículo 2. Créanse cargos específicos para el desarrollo de las obras mencionadas en el...
- Artículo 3. Los cargos referidos no constituirán ni se computarán como base imponible de...
- Artículo 4. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a fijar el valor de los cargos...
- Artículo 5. Los cargos específicos se mantendrán vigentes hasta que se verifique el pago...
- Artículo 6. Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a determinar la asignación de los...
- Artículo 7. Las firmas y/o sujetos habilitados para operar como generadores de energía...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo nacional deberá informar trimestralmente a ambas Cámaras...
- Artículo 9. Los cargos específicos serán aplicables una vez definido el proyecto o...
- Artículo 10. No son pasibles de financiamiento con cargos específicos las obras cuya...
- Artículo 11. Exclúyese del Anexo 1 del decreto 906 de fecha 20 de julio de 2004 a los...
- Artículo 12. Para el caso del gas licuado de petróleo, facúltase al Poder Ejecutivo...
- Artículo 13. Invítase a las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL...
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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