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Creación del Programa Mendoza Activa II Artículo 13 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Creación del Programa Mendoza Activa II Mendoza
Artículo 13. Créditos

Autorícese al Poder Ejecutivo por intermedio de la autoridad de aplicación a suscribir con entidades financieras, convenios para el otorgamiento de créditos hipotecarios, prendarios y comunes por los cuales se subsidien en parte la tasa de los mismos. Se autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar las partidas del Presupuesto hasta la suma de PESOS TRESCIENTOS MILLONES ($ 300.000.000). El Poder Ejecutivo podrá realizar aportes al Fondo Para la Transformación y Crecimiento, Cuyo Aval S.A. y/o Mendoza Fiduciaria S.A. para el cumplimiento de la presente autorización. El otorgamiento del subsidio en las tasas de interés a crédito suscriptos en el marco del presente artículo deberán priorizar las actividades mayormente por la pandemia del Covid-19 dispuestas en el apartado 2 del artículo 41 de la Ley Provincial 9277.



Provincia de Mendoza Artículo 13 Creación del Programa Mendoza Activa II
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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