Creación del Consejo Político, Económico y Social Provincial Artículo 16 Provincia de Catamarca
Creación del Consejo Político, Económico y Social Provincial Catamarca
Artículo 16.
La Asamblea Plenaria es un espacio de diálogo y debate acerca de los temas que se encuentren en agenda en torno al desarrollo social, económico, cultural, laboral, educativo, ambiental y científico - tecnológico de la provincia de Catamarca. La misma será integrada por el conjunto de los miembros del Consejo, bajo la coordinación del Presidente o vicepresidentes.
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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