Creación del Colegio de Ciencias Informáticas Artículo 50 Provincia de San Juan
Creación del Colegio de Ciencias Informáticas San Juan
Artículo 50. COMPOSICION. CONDICIONES. FUNCIONAMIENTO
El Tribunal Arbitral y de Disciplina estará compuesto por tres (3) miembros titulares: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario y dos (2) suplentes, elegidos por la Asamblea General, quienes durarán dos (2) años en sus funciones, pudiendo ser reelectos por un sólo período consecutivo más.Para ser elegidos miembros del Tribunal se requieren las mismas condiciones que para ser Presidente del Colegio y no poseer antecedentes de sanción disciplinaria con excepción de un apercibimiento en los últimos cinco (5) años.
Las funciones del Tribunal serán incompatibles con toda otra función del Colegio Profesional, salvo trabajos en subcomisiones.
La representación legal del Tribunal Arbitral y de Disciplina será ejercida por el Presidente del mismo, siendo sustituido por el Vicepresidente del Tribunal en caso de renuncia, licencia, ausencia o impedimento legal.
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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