Imprimir

Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados Artículo 35 Provincia de Mendoza


Derogado

Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados Mendoza
Artículo 35. REVOCATORIA DE LA LIBERTAD

El Juez de ejecución o Juez competente, simultáneamente con la revocatoria de la libertad y/o suspensión del proceso, dirigirá la correspondiente comunicación a la Sede Central de la Dirección de Promoción de los Liberados.



Provincia de Mendoza Artículo 35 Creación de la Direccion de Promoción de los Liberados
Artículo 1 ...33 34 35 36 37 ...53

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse