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Constitución y organización de los partidos políticos Artículo 39 Provincia de Jujuy


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024

Constitución y organización de los partidos políticos Jujuy
Artículo 39.

La certificación autenticante de la firma o impresión digital del solicitante podrá ser efectuada por escribano público sin necesidad de registración a efectos de fecha cierta; por secretario judicial; por los titulares de oficinas del Registro Civil o de las personas; por los jueces de paz; o por los Oficiales de Servicio de cualquier dependencia policial. Los funcionarios aclararán su firma y colocarán el sello de la oficina o repartición en la que prestan función.

También podrán certificar las firmas o las impresiones digitales de los afiliados en las fichas de afiliación los integrantes del órgano ejecutivo del partido y la autoridad partidaria que se designe, cuya nómina ser remitida al Tribunal Electoral.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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