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Constitución Artículo 56 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Salta
Artículo 56.

La Ley establece el Régimen Electoral. En caso de que la misma opte por el de mayoría deberá asegurar la representación proporcional de las minorías. Su reforma requerirá del voto de los dos tercios de los miembros de cada Cámara.

Los senadores son elegidos por el pueblo de los Departamentos de la Provincia, formando, cada uno de ellos, a ese efecto, un distrito electoral.

Los diputados son elegidos por el pueblo de los distritos electorales formados por uno o más Departamentos, y constituidos como lo disponga la Ley Electoral, ajustada a la finalidad de procurar que, en cada distrito se perfeccione la representación de las minorías y el respeto por las realidades poblacionales, preservando la identidad y proximidad entre los electores y sus elegidos.

La autoridad comicial dispone de la fuerza pública a los efectos de asegurar la regularidad del acto.

Todos los electores gozan, durante el acto comicial, de inmunidad de arresto, salvo el caso de flagrante delito o de orden de autoridad competente.

El Pode Ejecutivo puede suspender el comicio excepcionalmente por fuerza mayor, de conformidad a los casos determinados por Ley.



Provincia de Salta Artículo 56 Constitución
Artículo 1 ...54 55 56 57 58 ...185

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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