Constitución Nacional Artículo 28 Argentina
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026
Constitución Nacional
Artículo 28.
Los principios, garantías y derechos reconocidos en los anteriores artículos, no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio.
Argentina Artículo 28 Constitución Nacional
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Los comentarios de los usuarios
Brenda Belen
19/08/20 15:01:06
¿En cuanto al caso Vicentin, Crees que el gobierno incurrio los limites del art 28 C.N?
¿si? - ¿no?
¿PORQUE?
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