Constitución Artículo 87 Provincia de La Rioja
Constitución La Rioja
Artículo 87. Ordenamiento Ambiental - Biodiversidad y Cambio Climático
Las autoridades promoverán el ordenamiento ambiental del territorio, y la coordinación de todos los organismos que se relacionen con la temática ambiental, concentrando en el máximo nivel posible la fijación de las políticas de desarrollo vinculadas a los bienes naturales comunes.Los animales son sujetos de protección y se reconoce el derecho a una vida libre de maltrato y crueldad, tal cual lo fije una ley al respecto. Las autoridades gubernamentales formarán, dentro del organismo competente, un Cuerpo de Protección Ambiental, encargado de promover la protección a la naturaleza. El Estado podrá promover la creación del Gabinete Provincial de Cambio Climático, con las competencias que fije la ley que se dicte al efecto, cuyo objetivo primordial será el diagnóstico, la elaboración y ejecución de políticas públicas vinculadas a la emergencia climática global.
Provincia de La Rioja Artículo 87 Constitución 19 de Julio de 2024
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
Leer de nuevo
Constitución Nacional Artículo 78. Constitución Río Negro Artículo 45. MANDAMIENTO DE PROHIBICION Constitución Buenos Aires Artículo 31. Código Procesal Penal Chaco Artículo 13. EFECTOS DE LA SUSPENSION Código Electoral Artículo 6. Inmunidad del ElectoRecomendados
Constitución Chubut Artículo 195. MINISTERIO FISCAL. INTEGRACION Código Procesal Civil y Comercial Buenos Aires Artículo 327. Pedido de medidas preliminares, resolución y diligenciamiento Constitución Córdoba Artículo 25. De la niñez Normas de Competencia y Funcionamiento de los Juzgados Regionales Letrados La Pampa Artículo 11. INCOMPARECENCIA - SANCION Ley Orgánica Municipal Chaco Artículo 89.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios