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Constitución Artículo 44 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Constitución La Rioja
Artículo 44. Protección del Niño, Niña y Adolescente

Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a la protección integral por cuenta y cargo de su familia. En caso de desamparo total o parcial, moral o material, permanente o transitorio, corresponde a la Provincia, como inexcusable de ber social, proveer a dicha protección ya sea en forma directa o por medio de institutos.

Provincia de La Rioja Artículo 44 Constitución
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


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