Constitución Artículo 241 Provincia del Chubut
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025
Constitución Chubut
Artículo 241. IENES FISCALES. PODERES CONSERVADOS
Corresponden a los municipios todas las tierras fiscales situadas dentro de sus respectivos límites, salvo las destinadas por la Provincia a un uso deteminado y las que el Estado Nacional o Provincial adquieran a título privado. Sin perjuicio del dominio del Estado Federal y Provincial, los municipios retienen la jurisdicción sobre lugares situados en sus ejidos en materia de interés local y conservan los poderes de poli cía e imposición sobre o en los establecimientos de utilidad nacio nal o provincial en tanto no interfieran sus fines específicos.
Provincia del Chubut Artículo 241 Constitución
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Invitado
27/02/25 17:11:55
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Invitado
07/02/25 20:35:11
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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