Constitución Artículo 230 Provincia del Chubut
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025
Constitución Chubut
Artículo 230. CARTA ORGANICA
Las cartas orgánicas municipales son sancionadas por convenciones convocadas por la autoridad ejecutiva en virtud de ordenanza sancionada al efecto. Las convenciones están integradas por un número igual al de los miembros de su cuerpo deliberativo elegido por voto directo y sistema de representación proporcional. Para ser convencional se requieren las calidades exigidas en el segundo y tercer párrafo del artículo 242. A todos los efectos son de aplicación las normas pertinentes previstas para la reforma de la Constitución Provincial.
Provincia del Chubut Artículo 230 Constitución
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Invitado
27/02/25 17:11:55
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Invitado
07/02/25 20:35:11
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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