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Constitución Artículo 29 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05/03/2024

Constitución Chaco
Artículo 29. Derechos del trabajador

Todo trabajador goza de los siguientes derechos:

1) Al trabajo y a la libre elección de su ocupación. La Provincia estimulará la creación de fuentes de trabajo.

2) A una retribución vital mínima y móvil, suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia; a una remuneración anual garantizada y a una retribución anual complementaria.

A igual trabajo corresponde igual retribución.

El trabajo nocturno será mejor remunerado que el diurno.

Queda prohibido el trabajo de los menores de dieciséis años en actividades fabriles o de talleres incompatibles con su edad.

3) A la limitación de las jornadas de trabajo en razón de su edad y sexo y de la naturaleza de la actividad.

4) Al descanso semanal y a vacaciones anuales remunerados.

5) A una adecuada capacitación profesional en consonancia con los adelantos de la técnica.

6) A la seguridad en el trabajo, en forma de que su salud y moral estén debidamente preservadas.

Los trabajos nocturnos, los peligrosos y los insalubres deberán ser convenientemente regulados y controlados.

Normas especiales tutelarán el trabajo de las mujeres y de los menores.

A los trabajadores rurales deberá proporcionarse vivienda higiénica y decorosa y controlarse su abastecimiento.

7) A la estabilidad en el empleo y a indemnizaciones por despido arbitrario y falta de preaviso.

La ley creará garantías contra el despido en masa.

8) A la participación en las ganancias de las empresas y al control en la producción y dirección.

9) A indemnizaciones adecuadas y seguros a cargo del empleador sobre los riesgos profesionales y a la rehabilitación integral por incapacidad.

10) A jubilaciones y pensiones móviles.

11) Al seguro integral y obligatorio.

12) A la organización sindical libre y democrática.



Provincia del Chaco Artículo 29 Constitución
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la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,

Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.

cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.

no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias


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