Constitución Artículo 181 Provincia del Chaco
Constitución Chaco
Artículo 181. Incompatibilidades
Es incompatible el desempeño de las funciones de Fiscal de Estado, Contador General, Subcontador General, Tesorero General, Subtesorero General de la Provincia, y Miembros del Tribunal de Cuentas con cualquier otro empleo y con el ejercicio de toda profesión, excepto la docencia universitaria.
Provincia del Chaco Artículo 181 Constitución
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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Constitución Chaco Artículo 113. Suspensión de sesiones Constitución Chaco Artículo 42. Tierra pública Constitución Chaco Artículo 111. Inauguración y prórroga de las sesiones Código Aduanero Artículo 263. Constitución Chaco Artículo 133. Duración del mandato. Reelegibilidad. Forma de elecciónPublique la información de sí mismo
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