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Consejo de la Magistratura Artículo 34 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Consejo de la Magistratura Río Negro
Artículo 34. DEL JUICIO

Requisitoria: Resuelto por el Consejo de la Magistratura llevar a juicio al funcionario involucrado en los hechos investigados, correrá vista al Procurador General o al Fiscal de Cámara correspondiente, por el término de diez (10) días hábiles a fin de que:

a. Formule la requisitoria correspondiente.

b. Solicite el sobreseimiento del imputado.

En el primer supuesto, recibida la requisitoria, el presidente del Consejo de la Magistratura, procederá a fijar fecha y hora de la audiencia pública donde se llevará a cabo el juicio oral. El funcionario enjuiciado y el Procurador General o el fiscal -en su caso- tendrán un plazo de diez (10) días hábiles para ofrecer la prueba que corresponda. La audiencia será fijada con una antelación no menor a los treinta (30) días. En la audiencia del juicio oral, se escuchará la defensa del imputado, se producirán las pruebas ofrecidas y se alegará. El Consejo de la Magistratura tendrá un plazo de cinco (5) días de realizada la audiencia para dictar su sentencia.

Provincia de Río Negro Artículo 34 Consejo de la Magistratura
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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