Código Tributario Artículo 244 Provincia de Tucumán
Código Tributario Tucumán
Artículo 244. Pluralidad de Obligació
Cuando en el acto, contrato u operación intervengan dos o más personas, todas se considerarán obligadas, en forma solidaria y por el total del impuesto y multas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de este Código, quedando a salvo el derecho de cada uno de repetir de los demás intervinientes la cuota que le correspondiere, de acuerdo con su participación en el acto, que será por partes iguales, salvo prueba en contrario.
Exceptúase de esta responsabilidad el caso de la parte que tuviera sellado su ejemplar, conforme a las prescripciones de esta Ley.
Provincia de Tucumán Artículo 244 Código Tributario de la Provincia de Tucumán
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Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?
Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
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