Código Tributario Artículo 6 Provincia de San Luis
Código Tributario San Luis
Artículo 6. CONVERSION DE MONEDA EXTRANJERA Y ORO
Salvo disposición en contrario de este Código o leyes tributarias especiales, cuando la base imponible de un tributo esté expresada en moneda extranjera su conversión a moneda nacional se hará con arreglo al tipo de cambio oficial vigente al momento de verificarse el hecho imponible.
Si la base imponible estuviera expresada en oro, la conversión se efectuará al tipo de cambio establecido por la legislación vigente al momento de verificarse el hecho imponible. Si no existiera tipo de cambio oficial se utilizará el precio en plaza del oro.
En caso de existir distintos tipos de cambio oficiales o de no estar previsto un tipo de cambio oficial, la Dirección Provincial, fijará la metodología que prevea el tipo de cambio que se deberá tener en cuenta.
Provincia de San Luis Artículo 6 Código Tributario
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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
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Código Tributario San Luis Artículo 2. PRINCIPIO DE LEGALIDAD, INTEGRACION ANALOGICA, PROHIBICION Código Tributario San Luis Artículo 8. TÉRMINOS, FORMA DE COMPUTARLOS Código Tributario San Luis Artículo 3. DERECHO PUBLICO Y PRIVADO, APLICACION SUPLETORIA Código Tributario San Juan Artículo 2. Código Tributario San Juan Artículo 4.Publique la información de sí mismo
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