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Código Tributario Artículo 254 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Tributario San Luis
Artículo 254. FORMA

El impuesto establecido en este Título será pagado con valores fiscales o boletas de depósito, o en la forma que determine el Poder Ejecutivo para casos especiales. Dichos valores fiscales o boletas de depósito, para la validez del pago, deberán ser inutilizados con el sello fechador de la Dirección Provincial, el banco o instituciones autorizadas a su cobro, o de las reparticiones que indique el Poder Ejecutivo. No se requerirá declaración jurada, salvo cuando lo establezcan disposiciones expresas de este Título, el Poder Ejecutivo o la Dirección Provincial. El pago del impuesto se hará bajo la exclusiva responsabilidad del contribuyente y las oficinas recaudadoras se limitarán a agregar en cada caso, el sellado o boleta de depósito que se solicite, salvo cuando exista previa determinación de oficio de la Dirección.



Provincia de San Luis Artículo 254 Código Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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