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Código Tributario Artículo 204 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Tributario San Luis
Artículo 204.

Podrán formular los pedidos de exención según lo establecido en el Artículo 11° del presente código:

Las asociaciones, entidades o comisiones de beneficencia, de bien público, que no persigan propósitos de lucro y siempre que los ingresos obtenidos sean destinados exclusivamente al objeto o finalidad de bien común de sus estatutos sociales, acta de constitución o documento similar y en ningún caso se distribuyan directa o indirectamente entre los socios.

Las personas inhabilitadas físicamente, que se dediquen personalmente al desarrollo de la actividad, siempre que el monto del gravamen no exceda el mínimo establecido para las actividades en general.

Las Cooperativas de trabajo, cuyos asociados se encontraren alcanzados por los beneficios de planes sociales Nacionales, Provinciales y/o Municipales al momento de su constitución, en tanto realicen actividad sólo en la Provincia de San Luis y estas se encuentren expresamente previstas en el estatuto y resulten conducentes a la realización del objeto social.



Provincia de San Luis Artículo 204 Código Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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