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Código Tributario Artículo 86 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Código Tributario La Rioja
Artículo 86.

El cobro judicial de impuestos, tasas, contribuciones y demás tributos, intereses, recargos y multas ejecutoriadas, se practicará conforme al procedimiento establecido para el juicio de ejecución fiscal en el Código Procesal Civil.

Los titulos de deuda, o certificados de deuda, expedidos por La Dirección , servirán de suficiente título ejecutivo, no pudiendo oponerse otras excepciones que las señaladas en el Artículo 317º del referido Código de Procedimiento. El título será refrendado con la sola firma del Director General o del funcionario en quien se delegue esa facultad.

Los poderes de los representantes del fisco serán las copias de los decretos de sus respectivos nombramientos.



Provincia de La Rioja Artículo 86 Código Tributario
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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