Código Tributario Artículo 28 Provincia de Córdoba
Código Tributario Córdoba
Artículo 28. Sujeto Activo
Sujeto activo es el acreedor de la obligación tributaria.
Provincia de Córdoba Artículo 28 Código Tributario
Mejores juristas
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
Portugal Marcelo Fabián
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
Leer de nuevo
Código Tributario Córdoba Artículo 8. Vigencia de Leyes Tributarias Código Tributario Córdoba Artículo 280. Agentes de Percepció Código Tributario Córdoba Artículo 75. Código Tributario Córdoba Artículo 233. Constitución de Sociedades Comerciales. Cesión de Cuotas. Aportes en Especie Código Tributario Córdoba Artículo 67. Actuaciones. Inadmisibilidad como Prueba en Causas Judiciales. ExcepcionesRecomendados
Declaración de utilidad pública y expropiación San Juan Artículo 5. Código Tributario San Juan Artículo 363. Código Procesal Civil y Comercial Córdoba Artículo 208. Comiisón a un vocal Declaran Ciudadano ilustre al guionista de historietas y escritor argentino Héctor Germán Oesterheld Buenos Aires Artículo 2. Código Tributario Córdoba Artículo 185.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios