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Código Tributario Artículo 69 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Código Tributario Chaco
Artículo 69. Recargos o Intereses Resarcitorios

La falta del pago a su vencimiento o plazos acordados, por parte de los contribuyentes y responsables de los impuestos, tasas, contribuciones, anticipos, pagos a cuentas y multas, hará surgir sin necesidad de interpelación alguna y sin perjuicio de las multas que pudieran corresponderle, la obligación de abonar, juntamente con aquellos, los recargos o intereses que establezcan en la ley tarifaria.

Los intereses que se establezcan serán liquidados aun cuando se trate de tributos determinados por la Administración desde la fecha de vencimiento del período fiscal a que se refieren y hasta que se intime el pago, se ingrese o se disponga su cobro judicial.

El incumplimiento de los plazos fijados para el ingreso dará lugar a la liquidación de los intereses hasta la fecha de pago o libramiento de la boleta de deuda.

La obligación de abonar los intereses subsistirá no obstante la falta de reservas por parte de la Administración al recibir el pago de la deuda principal mientras no haya transcurrido el término de prescripción para el cobro de estas.



Provincia del Chaco Artículo 69 Código Tributario
Artículo 1 ...67 68 69 70 71 ...317

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Quiero hacer una consulta, un personal de planta de un municipio con sumario por faltas injustificadas con problematica de consumo, es pasible a cesantia, hay reglamentacion que lo amparen?


Se incio una ejecución de una hipoteca constituída sobre 14 unidades de un edificio, por un precio único y total. Pero en la demanda,solo se describieron 9 unidades. La sentencia salio por el total. Y la hipoteca describe las 14 u. Se pueden rematar las 14 o solo las 9 descriptas en la demanda?


Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?


Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


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