Código Tributario Artículo 203 Provincia del Chaco
Código Tributario Chaco
Artículo 203. Contratos de seguros
En los contratos de seguros, el importe se liquidará de acuerdo con las reglas que a continuación se establecen:
a) en los seguros de vida, sobre el capital en que se asegure el riesgo de muerte;
b) en los seguros elementales, sobre el premio que se fije por la vigencia total del seguro;
c) los endosos, cuando no transmiten la propiedad, los certificados provisorios, las pólizas flotantes y los contratos provisionales de reaseguros, estarán sujetos a un impuesto fijo;
d) los certificados provisorios, cuando no se emita la póliza definitiva dentro del plazo de noventa (90) días estarán sujetos al impuesto conforme a las normas establecidas en los incisos anteriores.
Provincia del Chaco Artículo 203 Código Tributario
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ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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