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Código Procesal Penal Artículo 499 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal San Juan
Artículo 499. Plazos

Una vez autorizado este procedimiento, produce los siguientes efectos:

1) El plazo ordinario de la prisión preventiva se extiende hasta un máximo de tres (3) años y la duración total del proceso penal será de cinco (5) años improrrogables.

2) El plazo acordado para concluir la investigación penal preparatoria es de dos (2) años, y la prórroga de un año más cada una.

3) Los plazos establecidos a favor de las partes para realizar alguna actuación y aquellos que establecen un determinado tiempo para celebrar las audiencias, se duplican.

4) Cuando la duración del debate es menor de treinta (30) días, el plazo máximo de la deliberación se extiende a cinco (5) días y el de dictar sentencia a veinte (20) días. Cuando la duración del debate es mayor, esos plazos pasan a ser de diez (10) y veinticinco (25) días respectivamente.

5) Los plazos de impugnación se duplican.

6) El plazo autorizado para la reserva parcial de actuaciones se extiende a treinta (30) días.



Provincia de San Juan Artículo 499 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...497 498 499 500 501 ...625

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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