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Código Procesal Penal Artículo 333 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19/05/2025

Código Procesal Penal San Juan
Artículo 333. Valoración inicial

 Recibida una denuncia, querella, actuaciones de prevención o promovida una investigación preliminar de oficio, el representante del Ministerio Público Fiscal debe formar un legajo de investigación, en el que debe constar una sucinta descripción de los hechos, situándolos en tiempo y lugar, y debe adoptar o proponer en el plazo de quince (15) días algunas de las siguientes decisiones:

1) La desestimación de la instancia por inexistencia de delito;

2) El archivo;

3) La aplicación de un criterio de oportunidad o disponibilidad;

4) Iniciar la investigación previa a la formalización de la investigación penal preparatoria;

5) Formalización de la investigación penal preparatoria;

6) La aplicación de alguno de los procedimientos especiales previstos en este Código



Provincia de San Juan Artículo 333 Código Procesal Penal
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558



por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar


estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?


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