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Código Procesal penal Artículo 69 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 69. Calidad de Imputado

Los derechos que la Ley acuerda al imputado puede hacerlos valer la persona a quien se indica o atribuye participación en un hecho punible, desde el primer acto del procedimiento dirigido en su contra hasta su finalización.

Se entiende por primer acto del procedimiento cualquier indicación que señala a una persona como posible autor de un hecho punible o partícipe en él, ante alguna de las autoridades de la persecución penal que el presente Código establece.

Cuando se encuentra detenido, el imputado o sus familiares pueden formular sus instancias ante el funcionario encargado de la custodia quien las debe comunicar inmediatamente al órgano judicial competente.



Provincia de Misiones Artículo 69 Código Procesal penal
Artículo 1 ...67 68 69 70 71 ...553

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Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).


Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?


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