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Código Procesal penal Artículo 544 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 544. Anticipación

En todo proceso, el Estado anticipa los gastos con relación al imputado y a las demás partes que gozan del beneficio de pobreza.



Provincia de Misiones Artículo 544 Código Procesal penal LEY XIV - NRO. 13, 16 de Enero de 2015
Artículo 1 ...542 543 544 545 546 ...553

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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?


ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


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