Código Procesal Penal Artículo 55 Provincia de La Rioja
Código Procesal Penal La Rioja
Artículo 55. NOMBRAMIENTO EN CASO DE URGENCIA
Cuando la persona imputada esté privada de su libertad o prófuga, cualquier persona de su confianza podrá proponer ante la autoridad competente la designación de un defensor o defensora, la que será puesta en conocimiento del imputado inmediatamente. En caso de urgencia comenzará a actuar provisionalmente el defensor o defensora propuesto y a falta de este, la defensora o el defensor público. Si el imputado no está individualizado se deberá designar una defensora o defensor público a estos fines. La diligencia solamente será válida si el defensor o defensora controla efectivamente la realización de la misma mediante su real participación en el acto.
Provincia de La Rioja Artículo 55 Código Procesal Penal
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Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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