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Código Procesal Penal Artículo 442 Provincia de Corrientes


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Penal Corrientes
Artículo 442. Coparticipación o Conexión

Cuando el Juez de Instrucción investigue - en virtud de coparticipación o conexión de causas - delitos imputados a menores y mayores de 18 años, deberá poner los primeros a disposición del Juez de Menores, inmediatamente después de recibirles declaración, sin perjuicio de que intervengan en los actos que le competen.

El Juez de Menores deberá controlar que el menor encausado sea representado en ambos procesos por un único defensor técnico, sancionándose con pena de nulidad todo trámite llevado a cabo sin conocimiento del abogado defensor actuante en el expediente principal.

En los mismos casos el Tribunal de Juicio limitará su sentencia a la declaración de responsabilidad del menor, pasando copia de la misma al Juez de Menores y juzgará también según las reglas comunes sobre la acción civil ejercida. El Juez de Menores remitirá al Juez de Instrucción y al Tribunal de juicio los informes y antecedentes que considere convenientes para cumplir su finalidad, resolverá con arreglo a la ley de fondo sobre la corrección o sanción aplicable y tendrá a su cargo la ejecución de la sentencia penal.

El acto de Integración de Sentencia debe estar rodeado de los mismos principios que rigen el juicio: publicidad, inmediación, contradicción y oralidad.

Por ello, deben ser convocadas las partes que intervinieron en oportunidad de la Audiencia de Debate;

Fiscal de Cámara, Defensor de Cámara - o el Defensor Particular que hubiere asistido al menor en esa oportunidad- el Asesor de Menores y el Menor Imputado, quienes serán escuchados por el Juez, previo a decidir.



Provincia de Corrientes Artículo 442 Código Procesal Penal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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