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Código Procesal Penal Artículo 151 Provincia del Chubut


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Penal Chubut
Artículo 151. Demora de la sala en lo penal o del superior tribunal de justicia

Cuando la Sala en lo Penal o el Superior Tribunal de Justicia en pleno, en su caso, no resolviera una impugnación dentro de los plazos establecidos por este Código, se podrá solicitar pronto despacho. Si en cinco días no dictare resolución, deberán pasarse las actuaciones a los subrogantes legales.

Se aplica la previsión del párrafo II del artículo anterior, que constituirá antecedente a los fines del juicio político [Artículos 198 y siguientes, C.Ch. ]. Los subrogantes legales quedan sujetos a las mismas reglas respecto al cumplimiento de los plazos [Artículo 168, C.Ch. ] aunque se tratare de abogados de la matrícula que actuaren ad hoc o como jueces de refuerzo. En este caso, se dará aviso, de oficio o por la parte afectada, al Colegio Público de Abogados al que pertenezca el subrogante a los fines de la constitución del Tribunal de Disciplina.



Provincia del Chubut Artículo 151 Código Procesal Penal
Artículo 1 ...149 150 151 152 153 ...423

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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