Código Procesal Laboral Artículo 65 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Laboral Santa Fe
Artículo 65. Admisión
Sólo se admitirá la prueba confesional una vez y en primera instancia.
Deberá ofrecerse con la demanda o la contestación acompañando el pliego respectivo y se producirá en la audiencia de trámite, salvo el supuesto previsto en el Artículo 52 para el caso de ausencia de la parte.
Provincia de Santa Fe Artículo 65 Código Procesal del Trabajo
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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