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Código Procesal Laboral Artículo 44 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Laboral San Juan
Artículo 44. Acumulación de procesos

 La acumulación de procesos se pide y resuelve en aquel expediente en que primero se hubiere interpuesto la demanda. Es procedente en cualquier estado de la causa antes de la sentencia de primera instancia, pero únicamente si la sentencia que se ha de dictar en uno de los juicios pueda producir efectos de cosa juzgada en los otros. Se requiere, además, que el Juez al que le corresponda entender en los procesos acumulados, sea competente en todos ellos por razón de la materia.

Cuando se acumulen los procesos que deban sustanciarse por trámites distintos, el Juez determina, sin recurso, qué procedimiento corresponde al expediente resultante de la acumulación.

La resolución que acuerde o deniegue la acumulación de procesos es inapelable.



Provincia de San Juan Artículo 44 Código de Procedimiento Laboral
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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