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Código Procesal Laboral Artículo 92 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Código Procesal Laboral Salta
Artículo 92. Causas en trámite. Adecuación

A los efectos de adecuar los juicios en trámite a la presente ley en el plazo establecido en el artículo anterior, se proveerán los expedientes según las pautas que siguen:

1) Si no se hubiese contestado la demanda y no hubiere vencido el plazo para ello, en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo se procederá a notificar a las partes que la demanda, conforme lo dispone esta ley, deberá ser contestada en el día fijado para la realización de la audiencia de conciliación, la que queda sin efecto.

2) Si se hubiesen introducido hechos nuevos o deducido reconvención o excepciones, en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, se correrá el traslado previsto en el artículo 39 al actor de la reconvención y al demandado, de los hechos nuevos, prosiguiéndose el juicio según lo previsto con el procedimiento establecido en esta ley.

3) Si el juicio estuviere en estado de abrirse a prueba o ya se hubiere proveído a la misma, fijando audiencias de prueba, esta última se realizará en el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo en la fecha ordenada, salvo que por acuerdo de partes del Tribunal la modificara.



Provincia de Salta Artículo 92 Código Procesal del Trabajo
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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