Código Procesal Laboral Artículo 90 Provincia de Mendoza
Código Procesal Laboral Mendoza
Artículo 90. DEL APREMIO
Las multas aplicadas por violación a las leyes del trabajo se harán efectivas por el procedimiento de apremio establecido en el Código Fiscal de Mendoza
Provincia de Mendoza Artículo 90 Código del Trabajo LEY 2.144 9 de Enero de 1953
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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