Imprimir

Código Procesal Laboral Artículo 76 Provincia de Córdoba


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/08/2025

Código Procesal Laboral Córdoba
Artículo 76. Sanció

Cuando en los trámites del juicio ejecutivo o su preparación las partes incurrieren en conductas temerarias y maliciosas, se harán pasibles de una sanción, de un interés de hasta dos veces y media al que cobren los bancos oficiales para operaciones corrientes de descuentos de documentos comerciales, el que será graduado por los jueces atendiendo la conducta procesal asumida. La misma sanción deberá aplicarse cuando sin fundamentos se haya provocado la ordinarización del proceso.

Provincia de Córdoba Artículo 76 Código Procesal del Trabajo
Artículo 1 ...74 75 76 77 78 ...127

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Quiero hacer una consulta, un personal de planta de un municipio con sumario por faltas injustificadas con problematica de consumo, es pasible a cesantia, hay reglamentacion que lo amparen?


Se incio una ejecución de una hipoteca constituída sobre 14 unidades de un edificio, por un precio único y total. Pero en la demanda,solo se describieron 9 unidades. La sentencia salio por el total. Y la hipoteca describe las 14 u. Se pueden rematar las 14 o solo las 9 descriptas en la demanda?


Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?


Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse