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Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria Artículo 393 Provincia de San Juan


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria San Juan
Artículo 393.

Determinación de los puntos de pericia. Plazo. Anticipo de gastos: Contestado el traslado que corresponda según el artículo anterior o vencido el plazo para hacerlo, el juez, en la audiencia prevista en el artículo 319, debe designar el perito y sus suplentes y fijar los puntos de pericia propuestos por las partes, pudiendo agregar otros o eliminar los que considere improcedentes o superfluos y señalar el plazo dentro del cual el perito debe cumplir su cometido. Si la resolución no fija dicho plazo, se entiende que es de diez (10) días.

En el mismo acto, el juez debe fijar el anticipo de gastos que corresponda según la índole de la pericia.

La parte oferente debe acreditar, en el plazo de cinco (5) días, la notificación al perito designado bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de esa prueba.

Asimismo, debe acreditar el pago del anticipo dentro del quinto día de notificado de la aceptación del cargo bajo idéntico apercibimiento.

Provincia de San Juan Artículo 393 Codigo Procesal Civil, Comercial y Mineria
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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