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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 803 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22/04/2026

Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 803. Casos no previstos

Cuando se promuevad actuaciones cuyo fin sea requerir la intervención o autorización de los jueces exigidas por la ley para acordar autenticidad o relevancia a hechos o situaciones que puedan producir efectos jurídicos, el procedimiento en tanto no estuviere expresamente en este Código se ajustará a las siguientes prescripciones:

1) La petición se formulará de acuerdo con las disposiciones relativas a la demanda del proceso ordinario en cuanto fueren aplicables. En el mismo escrito se indicarán los elementos de información que hayan de hacerse valer;

2) Se dará intervención al Ministerio Público;

3) Regirán para la información las disposiciones relativas a la prueba del proceso ordinario en cuanto fueren aplicables;

4) Si mediare oposición del Ministerio Público, se sustanciará por el trámite del juicio sumarísimo o verbal o de los incidentes, según lo determine el juez de acuerdo con las circunstancias;

5) Las resoluciones que aprueben, homologuen o desechen el pedido son susceptibles de apelación en relación;

6) Si mediare oposición de terceros el juez examinará en forma premilinar su procedencia. Si advirtiese que no obsta a la declaración solicitada, la sustanciará en la forma prevista en el inciso 4.

Si la oposición planteada constituye una cuestión de tal importancia que obsta a todo pronunciamiento, sobreseerá los procedimientos disponiendo que los interesados promuevan la demanda que consideren pertinente. Contra la resolución podrá recurrirse en apelación, la que se concederá en relación.

Provincia de Salta Artículo 803 Código Procesal Civil y Comercial Ley 5.233. 2 de Junio de 1978
Artículo 1 ...801 802 803 804 805 ...831

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ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?


Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.


Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???


buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?


Buenas tardes, puedo aplicar el inc. h) a costas por su orden?


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