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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 327 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Procesal Civil y Comercial Salta
Artículo 327. Pedido de medidas preparatorias, resolución y diligenciamiento

En el escrito en que se solicitare medidas preparatorias se indicará el nombre de la futura parte contraria, su domicilio si fuere conocido y los fundamentos de la petición.

El secretario accederá a las pretensiones si estimare justas las causas en que se fundan, repeliéndolas de oficio en caso contrario

La resolución será recurrible únicamente cuando denegare la diligencia.

Si hubiere de practicarse la prueba según la naturaleza de la medida se citará a la contraria salvo cuando resultare imposible por razón de urgencia en cuyo caso intervendrá el defensor oficial.

el diligenciamiento se hará en la forma establecida para cada clase se prueba, salvo en el caso de la pericial que estará a cargo de un perito único nombrado de oficio y por sorteo.

Provincia de Salta Artículo 327 Código Procesal Civil y Comercial
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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