Código Procesal Civil y Comercial Artículo 69 Provincia del Neuquén
Código Procesal Civil y Comercial Neuquén
Artículo 69. Incidentes
En los incidentes también regirá lo establecido en la primera parte del artículo anterior, pudiendo eximirse de las costas únicamente cuando se tratase de cuestiones dudosas de derecho.
El condenado al pago de las costas del incidente, no podrá promover otros mientras no haya depositado su importe en calidad de embargo.
No estarán sujetos a este requisito de admisibilidad los incidentes suscitados en el curso de las audiencias.
Toda apelación sobre imposición de costas y regulación de honorarios se concederá en efecto diferido, salvo cuando el expediente hubiese sido remitido a la cámara como consecuencia del recurso deducido por alguna de las partes contra la resolución que decidió el incidente.
Provincia del Neuquén Artículo 69 Código Procesal Civil y Comercial
Mejores juristas





Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios