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Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Artículo 279 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza
Artículo 279. REGISTRO DE POSTORES

I.- Al efecto previsto en el Art. anterior, deberá crearse dentro del ámbito de la Oficina de Subastas un Registro General de Postores, en el cual cualquier persona humana o jurídica podrá inscribirse para participar en las subastas judiciales electrónicas que se dispongan. Dicha inscripción tendrá una vigencia de dos (2) años, contados a partir de la admisión del postulante, plazo que transcurrido producirá automáticamente la caducidad de la inscripción. Los interesados podrán reinscribirse, debiendo cumplimentar nuevamente el procedimiento de admisión establecido.

II.- Las solicitudes de inscripción se formalizarán en los formularios previstos al efecto por la Oficina de Subastas, los que revestirán carácter de declaración jurada. Cumplido ello, el sistema generará una constancia de admisión en la que se consignarán los datos personales ingresados por el solicitante, la cual será enviada a la dirección de correo electrónico que aquél denunciara.

III.- En los casos que el usuario resulte adjudicatario remiso en los términos previstos en este Código, será inhabilitado por el plazo de seis (6) meses y en el supuesto de reincidencia, durante la vigencia del mismo período de inscripción, la inhabilitación será por el lapso de dos (2) años.

IV.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas y compromisos asumidos por el usuario, facultará al Encargado responsable de la Oficina de Subastas a revocar su inscripción y darlo de baja en el sistema, por un plazo de hasta dos (2) años. Las sanciones establecidas en la presente norma y en la precedente, podrán ser impugnadas por la vía administrativa que correspondiere.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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