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Código Fiscal Artículo 284 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Fiscal Santiago del Estero
Artículo 284. INSTRUMENTOS PRIVADOS. REPOSICION SIN MULTA DOCUMENTOS CON FECHAS ENMENDADAS O SUPERPUESTAS O SIN FECHA

Los documentos sujetos al pago del impuesto extendido en papel simple con un valor menor al que corresponda satisfacer, serán habilitados o integrados sin multa, siempre que se presenten a la Autoridad de Aplicación u oficinas habilitadas al efecto, dentro de los plazos respectivos.

En los documentos o instrumentos donde apareciera enmendada o superpuesta la fecha de otorgamiento o de vencimiento, según correspondiera, será considerado a los efectos imponibles como vencido, el término para el pago del impuesto, debiendo abonarse este junto con la multa máxima del gravamen, sin perjuicio de las demás responsabilidades que le pudieran corresponder.



Provincia de Santiago del Estero Artículo 284 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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