Código Fiscal Artículo 158 Provincia de Santa Fe
Código Fiscal Santa Fe
Artículo 158. Indices de Actualización
Cuando así se disponga en este título, la actualización se hará conforme a índices elaborados por la Administración Provincial de Impuestos sobre la base de los datos relativos a la variación del índice de precios mayoristas, nivel general que suministra el INDEC.
La tabla para determinar los índices de actualización contendrá valores mensuales para los veinticuatro (24) meses inmediatos anteriores, valores trimestrales promedio por trimestre calendario - para los cuatro (4) años siguientes- y valores anuales promedio para los demás períodos, y tomará como base el índice de precios del mes para el cual se elabora la tabla.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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