Código Fiscal Artículo 101 Provincia de Santa Fe
Código Fiscal Santa Fe
Artículo 101. Entidades o Asociaciones. Requisitos
Cuando en este Código y Ley Impositiva anual se haga referencia a determinado tipo de entidades o asociaciones, queda entendido que éstas deberán estar constituidas de acuerdo a las disposiciones legales que las regulan, estén autorizadas debidamente y cumplan con sus fines, todo ello sin perjuicio de los requisitos que en cada caso se pudiera establecer.
Provincia de Santa Fe Artículo 101 Código Fiscal
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Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio. Para analizar mejor su caso, le dejamos nuestro contacto: Estudio BSC & Asoc. mail: bscyasociados@gmail.com - 113206-5558
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
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