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Código Fiscal Artículo 69 Provincia de Santa Cruz


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Santa Cruz
Artículo 69. Facilidades de pago

La Secretaría podrá conceder a contribuyentes y responsables facilidades de pago de impuestos, intereses, actualizaciones y multas adeudadas anteriores a la fecha de presentación de la solicitud respectiva. La modalidad de cuotas, forma, intereses aplicables, condiciones, garantías requeridas y plazos serán establecidas por la reglamentación que disponga el Secretario mediante Disposición.

No podrán acceder a facilidades de pago, por ningún concepto, los agentes de retención y/o percepción por los importes retenidos o percibidos a los contribuyentes o responsables.

La Secretaría podrá requerir garantías, reales o personales, a los contribuyentes y responsables que soliciten un plan de facilidades de pago, las cuales serán evaluadas por este organismo teniendo en cuenta la magnitud de lo adeudado, el plazo que se otorgue para su cumplimiento, así como la capacidad contributiva de los solicitantes.

Todas las sumas cuyo pago no haya sido efectuado dentro de los términos establecidos, devengarán, sin necesidad de constitución en mora del deudor y sin perjuicio de las sanciones establecidas en este Código, un interés que será determinado y se computará de la forma que se establezca mediante disposición del Secretario de Ingresos Públicos.

La Secretaría podrá acordar a los deudores morosos ejecutados, plazos y cuotas para el pago de sus deudas y los gastos causídicos.

El plazo y cuotas no podrán exceder del término que por reglamentación se haya establecido para el otorgamiento de planes de pago.



Provincia de Santa Cruz Artículo 69 Código Fiscal
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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