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Código Fiscal Artículo 56 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Salta
Artículo 56.

Contra la Resolución de la Dirección que disponga la clausura, se podrá interponer por escrito ante la misma, dentro del término de cinco (5) días, Recurso de Apelación, el que deberá ser fundado en el mismo acto y dentro del mismo plazo en sede administrativa, cumplidos los requisitos formales se elevarán las piezas pertinentes al Juez Correccional competente.

El Recurso tendrá siempre efecto suspensivo.

No interpuesto o no fundado el Recurso en tiempo y forma, la clausura quedará firme procediendo la Dirección a efectivizar la sanción.

(Párrafo vetado parcialmente por Decreto N° 1.382/02) El Juez Correccional dictará sentencia confirmando o revocando la clausura en el término de veinte (20) días de recibida la causa.



Provincia de Salta Artículo 56 Código Fiscal
Artículo 1 ...54 55 56 57 58 ...387

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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