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Código Fiscal Artículo 250 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Salta
Artículo 250. Contrato de tracto o ejecución sucesiva

En los contratos de tracto o ejecución sucesiva, el impuesto se aplicará sobre el valor correspondiente a su duración total. Cuando en los contratos a que se refiere el presente artículo no se fijen plazos, la base imponible será la siguiente:

1°) En los contratos de locación o sublocación de inmuebles, el importe total de dos (2) años de alquiler cuando se trate de locales destinados para comercio e industria y de un año y medio (1 1/2) cuando ellos sean para vivienda;

2°) En los demás contratos, el importe total que corresponda en dos (2) años.

Lo dispuesto precedentemente rige sin perjuicio de los reajustes que correspondan por los períodos sucesivos al primero, durante los que tenga vigencia el contrato.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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