Imprimir

Código Fiscal Artículo 241 Provincia de Salta


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Código Fiscal Salta
Artículo 241. Permutas de Inmuebles, Muebles

En las permutas de inmuebles, el impuesto se aplicará sobre la mitad del valor constituido por las sumas de las bases imponibles de los bienes que se permutan o el valor asignado a los mismos, si éste fuera mayor.

En la permuta de bienes muebles o semovientes del tributo se liquidará sobre la mitad de las sumas de los valores asignados a ellos en el documento o en la declaración jurada que en su defecto deberán presentar los celebrantes.

Si la permuta fuese de inmuebles por muebles y/o semovientes, el impuesto se determinará con arreglo a la base imponible de los primeros o al valor asignado a los segundos, si éste fuese mayor.

En el caso de incluirse en la permuta inmuebles situados fuera de la provincia, su valor deberá probarse acreditando la valuación fiscal de los mismos.



Provincia de Salta Artículo 241 Código Fiscal
Artículo 1 ...239 bis 240 241 242 243 ...387

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse